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En nueve casos específicos se podrá autorizar el cubrimiento del canabbis medicinal en Colombia.
En nueve casos específicos se podrá autorizar el cubrimiento del canabbis medicinal en Colombia. | Foto: Getty Images/iStockphoto

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Atentos: el cannabis medicinal será cubierto por el Estado colombiano en estos casos

En una de sus más recientes resoluciones, el Ministerio de Salud y Protección Social especificó los servicios y tecnologías que serán financiados por la UPC.

6 de enero de 2023

Un hito se consolidó en el uso medicinal de la marihuana en Colombia. Este asunto se relaciona con tratamientos para enfermedades o dolencias, y tiene conexiones fuertes y esperanzadoras en una industria con un potencial crecimiento.

Lo nuevo quedó establecido en el artículo 111 de la Resolución 2808 del 2022 del Ministerio de Salud y Protección Social. Allí se abre la puerta para incluir medicamentos de este tipo.

“Reconocimiento de servicios y tecnologías de salud no financiados explícitamente con cargo a la UPC. De prescribirse servicios y tecnologías de salud que sean alternativos a los financiados explícitamente con recursos de la UPC, cuyo costo por evento o per cápita sea menor o igual al costo por evento o per cápita de los descritos en este acto administrativo, dichos servicios y tecnologías igualmente serán financiados con recursos de la UPC, así no se encuentren explícitamente descritos en los anexos a que refiere el artículo 5 de esta resolución, siempre y cuando, cumplan con los estándares de calidad y habilitación vigentes y se encuentren, de ser el caso, debidamente certificados por el INVIMA, o por la respectiva autoridad competente”, detalla el acto administrativo de la cartera dirigida por Carolina Corcho.

Cannabis medicinal: se incluyó en la lista de medicamentos cubiertos con recursos públicos
En el país se han ido dando lineamentos para producción, importación y exportación de productos con marihuana. | Foto: Getty Images

Esto en palabras más sencillas, como lo explicó el vicepresidente de Asuntos Regulatorios de la Clínica Zerenia, Juan Diego Álvarez, significa lo siguiente: “A partir del 1 de enero de 2023 los colombianos contamos con las preparaciones magistrales con derivados de cannabis como parte de los servicios y tecnologías en salud financiados con recursos de la Unidad de Pago por Capitación (UPC), que se conocen generalmente como el Plan de Beneficios en Salud, estos nuevos servicios y tecnologías de salud incluyen las preparaciones magistrales con cannabis siempre y cuando sean prescritas en alguna de las indicaciones para las cuales el IETS validó que el cannabis tiene eficacia terapéutica”.

Con las indicaciones y evidencia posible se podrá autorizar cannabis medicinal para tratar fibromialgia; epilepsia refractaria; trastorno del sueño y del apetito; insomnio crónico; dolor crónico no asociado al cáncer; dolor neuropático crónico; dolor crónico asociado al cáncer y caquexia por cáncer.

Clínica Zerenia
Indicaciones aprobadas por el IETS para el uso de derivados de cannabis (preparaciones magistrales) cubiertas por la UPC – PBS 2023 | Foto: Tabla suministrada por la Clínica Zerenia
Cannabis medicinal: se incluyó en la lista de medicamentos cubiertos con recursos públicos
La marihuana medicinal viene en diferentes presentaciones, ya sea en pastilla, líquido, aceite, polvo y hojas secas. | Foto: Getty Images

Desde el centro médico agregaron que con esta actualización del Gobierno nacional se incluye la financiación con recursos públicos a través de la UPC de las preparaciones magistrales a base de derivados de cannabis controlados y no controlados (artículo 111), siempre y cuando cumplan, entre otros, con los siguientes tres requisitos que son los más relevantes:

  1. La preparación magistral cumpla con los estándares definidos por el INVIMA – certificación Buenas prácticas de Elaboración (BEP).
  2. Que sean prescritas por doctores adscritos a la red de la EPS en la cual el paciente está afiliado.
  3. Que sean prescritos en alguna de las indicaciones evaluadas y validadas por el Instituto de Evaluación Tecnológica en Salud (IETS) de acuerdo con su obligación legal definida en el artículo 2.8.11.5.3 del Decreto 780 de 2016.

En ese sentido, es clave tener en cuenta que el IETS el 30 de diciembre de 2022 expidió el “Documento técnico para el desarrollo de una Revisión Sistemática de Literatura de Efectividad y Seguridad de grupo para aplicaciones médicas de cannabis y productos terminados derivados del cannabis”.

Allí se definió que el cannabis medicinal es eficaz y seguro en 9 de las 24 patologías analizadas por el instituto en una revisión sistemática de la literatura (RSL) disponible.

“Este avance normativo consolida un panorama de acceso al cannabis medicinal para miles de pacientes que han reconocido en esta alternativa terapéutica una opción para mejorar su calidad de vida. Adicionalmente, la inclusión del cannabis medicinal dentro del PBS una apuesta del actual gobierno por la salud de los colombianos y por un desarrollo científico y productivo local que tiene el potencial de solucionar problemas económicos heredados del sistema de salud. Esto era una deuda que tenía el país con los pacientes que requieren cannabis medicinal y un gran avance para la salud de los colombianos”, sostuvieron desde la Clínica Zerenia.

Cannabis medicinal: se incluyó en la lista de medicamentos cubiertos con recursos públicos
Autoridades del sector consideran que con el Decreto 811 de 2011, se aportó claridad en las normas que regulaban las actividades autorizadas por las licencias, sobre todo en materia de aprovechamiento de las partes de la planta con fines industriales. | Foto: Getty Images/iStockphoto

Además, para Álvarez, esto significa que todos los pacientes que requieran cannabis medicinal para al menos estas nueve indicaciones de uso podrán tener acceso a estos tratamientos bajo financiación con recursos de la UPC y podrán, a través de sus EPS, tener acceso a las preparaciones magistrales a base de derivados de cannabis, que le sean prescritas por su médico tratante.

La red de operadores logísticos de la EPS debería estar a disposición de las necesidades de los pacientes y de los requerimientos médicos para cada caso.